El pasado 14 de noviembre se publicó en el BOIB la fecha para volver a solicitar las ayudas de personas autónomas de Calvià del Govern de les Illes Balears. 

Gracias a la aportación extra de 1,5 millones de euros del Ajuntament de Calvià, 550 personas autónomas se podrán beneficiar de la reapertura de esta ayuda.

La reapertura de esta convocatoria es SOLO PARA LAS PERSONAS AUTÓNOMAS QUE SE QUEDARON SIN TURNO Y NO PUDIERON SOLICITAR LA AYUDA ENTRE EL 17 DE JULIO Y EL 14 DE AGOSTO.

¿Cómo saber si puedes pedir esta ayuda? En este enlace tienes los requisitos de los beneficiarios y sus obligaciones.

Como en el mes de de julio, la presentación de solicitudes constará de 2 trámites:

TRÁMITE 1: La solicitud de reserva de turno se abre el lunes 23 de noviembre a las 9 h. durante 5 días hábiles en este enlace: https://reservatorn.caib.es/ (NO se requiere firma electrónica)

MUY IMPORTANTE:

EN EL DESPLEGABLE DEL FORMULARIO  RESERVA.TORN.CAIB.ES   EN EL CAMPO MUNICIPIO RESIDENCIA FISCAL NO APARECERÁ EL MUNICIPIO DE CALVIÀ HASTA EL MISMO LUNES 23 DE NOVIEMBRE A LAS 09 HORAS.

SI SOLICITAIS RESERVA TURNO ANTES DE LA FECHA INDICADA LA RESERVA DE TURNO NO SERÁ VÁLIDA Y NO VAIS A PODER SOLICITAR OTRA VEZ RESERVA DE TURNO.

Hay un cupo limitado de solicitud de reserva y por la experiencia de julio, sabemos que solo se pudo acceder a la reserva de turno durante los 40 primeros minutos así que os recomendamos reservar turno a las 9 h de la mañana del  mismo día 23.

OBSERVACIÓN: En  https://reservatorn.caib.es/ según el navegador que utilicéis os puede aparecer un mensaje de «conexión no privada», tenéis que clicar en «configuración avanzada» y seguir en el sitio web para que os aparezca la pantalla de reserva de turno.

 

TRÁMITE 2: A partir del lunes 30 de noviembre se empiezan a presentar las solicitudes de ayudas en el plazo asignado por el trámite 1 (se requiere firma electrónica con certificado digital o DNI electrónico). Este trámite se podrá realizar desde la sede electrónica de la CAIB

NOVEDADES: Para este trámite será necesario adjuntar dos documentos cumplimentados y firmados electrónicamente:

Declaración responsable

Declaración de veracidad de datos bancarios

 

INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA LOS QUE YA PRESENTARON SOLICITUD ENTRE EL 17 DE JULIO Y EL 14 DE AGOSTO

 

NOVEDAD: Se ha publicado en el BOIB una resolución Para las personas que ya solicitaron la ayuda pero aún no se le ha resuelto, pueden agilizar su trámite presentando esta declaración responsable firmada electrónicamente en el trámite 3 (se requiere firma electrónica). 

Plazo: Hasta el 27 de noviembre de 2020.

¿Cómo saber si me han concedido la ayuda?

Os recordamos que la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular va publicando las resoluciones de los beneficiarios en el BOIB, normalmente los martes, jueves o sábados.

Hemos creado un acceso web con la relación de todas las resoluciones que han salido hasta el momento, lo puedes consultar aquí (Busca tu DNI/NIE en las resoluciones).

Es importante saber que sólo se notifican los requerimientos o las subvenciones denegadas, las concedidas sólo se publicarán en el BOIB.

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